Prohiben circulación de camiones pesados en Semana Santa dispone Intrant


Instituto Nacional de Tránsito y Transporte

El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte (Intrant) ha anunciado que, como medida de seguridad vial durante la Semana Santa, se prohibirá la circulación de vehículos de carga en todo el territorio nacional, incluyendo los permisos otorgados por el piloto para la Zona de Acceso Restringido (ZAR).

Según un comunicado emitido por el Intrant, la prohibición de vehículos de carga comenzará el jueves 6 de abril (Jueves Santo) a las 6:00 a.m. y se extenderá hasta el lunes 10 de abril a las 5:00 a.m. Esta medida se toma en cumplimiento de la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana.

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La institución ha explicado que estarán exceptuados de la prohibición las camionetas, furgonetas, ambulancias, vehículos de emergencias y aquellos destinados a servicios de agua en cisterna, electricidad, cable, telefonía, saneamiento, mantenimiento y asistencia vial y de higiene urbana.

Asimismo, se ha informado que aquellos que deseen obtener permisos para circular durante estas fechas deben realizar la solicitud a través de la página web www.intrant.gob.do antes del martes 4 de abril a las 3:00 p.m., donde podrán efectuar el pago en línea y recibir el permiso con protección QR para su fiscalización.

Sin embargo, estos permisos solo serán otorgados a camiones de no más de una cola, que transporten combustible, agua, abastecimiento de alimentos, medicamentos, equipos médicos y servicios de desechos hospitalarios, cal viva para generación eléctrica, envases y papeles desechables, transporte de valores y organización de eventos.

El Intrant ha llamado a las empresas que prestan servicios de transporte que no se encuentran dentro de los renglones autorizados a obtener un permiso o, en su defecto, realizar su distribución antes de los días de la prohibición.

Además de esta medida, el órgano rector del transporte recuerda que los vehículos pesados no pueden exceder la velocidad máxima de 70 kilómetros por hora en carreteras troncales, manteniendo la circulación por el carril de la derecha en cumplimiento de la Ley 63-17 y el Reglamento 258-20 sobre transporte de cargas.

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